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Entra en vigor en México la prohibición de vapeadores y cigarros electrónicos tras publicación en el DOF

Entra en vigor en México la prohibición de vapeadores y cigarros electrónicos tras publicación en el DOF

Desde este viernes 16 de enero de 2026 entró en vigor en México la restricción que impide llevar a cabo actividades comerciales relacionadas con vapeadores, cigarros electrónicos y dispositivos análogos, tras difundirse el decreto respectivo en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La reforma establece la prohibición, en todo el territorio nacional, de adquirir con fines de comercialización, así como preparar, producir, fabricar, mezclar, acondicionar, envasar, transportar con fines comerciales, almacenar, importar, exportar, distribuir, vender o suministrar estos productos, incluyendo los desechables o de un solo uso.

Asimismo, el decreto veta la publicidad o propaganda destinada a incentivar el uso de vapeadores y dispositivos afines por cualquier medio (impreso, digital, televisión, radio u otros canales de comunicación).

En cuanto a la aplicación de la norma, se contempla que la autoridad sanitaria pueda realizar verificaciones, imponer medidas de seguridad y proceder a la disposición sanitaria (por ejemplo, aseguramiento) de estos dispositivos, sin perjuicio de otras acciones que correspondan a distintas autoridades en su ámbito de competencia.

Alerta médica sobre los riesgos que enfrentan los adolescentes

Especialistas han reiterado que el uso de cigarros electrónicos en adolescentes representa un riesgo relevante para la salud respiratoria, con reportes de lesiones pulmonares agudas y cuadros asociados a vapeo, incluyendo la condición conocida como EVALI (descrita por primera vez en 2019), cuyos efectos de mediano y largo plazo siguen en estudio.

En paralelo, diversos informes periodísticos señalan que el consumo entre la población más joven ha crecido de forma notoria: en el rango de 12 y 17 años, se pasó de 159 mil usuarios en 2016 a más de 406 mil en 2025, una variación que representaría alrededor de 154%.

Puntos clave

• Entra en vigor el 16 de enero de 2026 luego de su publicación en el DOF.

• Se Prohíben Actos De Comercialización, Importación, Exportación, Distribución Y Venta, Incluyendo Dispositivos Desechables.

• Queda prohibida la difusión de cualquier tipo de publicidad o propaganda en todo medio.

Por Raquel Medina

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